LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL PROJECT MANAGER EN LA OBRA

15 - 07 - 2024
LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL PROJECT MANAGER EN LA OBRA
El Project Manager es el encargado de hacer el control económico, dirección y coordinación de los recursos humanos y materiales de la obra, pero al no ser una profesión reglada como tal, no hay una definición ni concepto normalizados. Sus funciones vienen atribuidas por el contrato que se firme en cada caso.

Si ejerzo como Project Manager ¿he de tener una póliza de responsabilidad civil?

Todo y que el técnico que normalmente asume la función del Project Manager puede considerar que las responsabilidades de la obra recaen sobre la dirección facultativa y otros intervinientes de la obra, no podemos olvidar sus responsabilidades, ya que ejerce como un agente más del proceso constructivo. 

Por tanto, sería necesario disponer de una póliza de responsabilidad civil que cubra no sólo la responsabilidad patrimonial sino también daños materiales y personales. 

Hay jurisprudencia en las que se considera al Project Manager un agente más del proceso constructivo y responsable, como tal, es condenado solidariamente a pagar daños materiales juntamente con el resto de intervinientes en la obra. 

 

¿Qué coberturas necesito en mi póliza de responsabilidad civil?

Es recomendable una póliza de responsabilidad civil con cobertura de daños materiales, daños personales y daños patrimoniales, ya que de les mencionadas sentencias los jueces han condenado solidariamente al Project Manager como un agente más del proceso constructivo.

Si ejerces como Project Manager revisa tu póliza, y si tienes dudas habla con ASP Corredoria donde te podremos asesorar e informar de las coberturas más adecuadas para el ejercicio profesional. 

Extractos de sentencias:

 

“Analiza la figura de “Projet Manager” y declara que xxxxxx asumió una verdadera función de gestión en la obra, por lo que debe ser considerado agente de la construcción, asumiendo una responsabilidad solidaria con los demás agentes de la construcción.”

 

"La recurrente xxxx sostiene que no es agente de la edificación sino que su cometido es la de PROJECT MANAGER , "figura anglosajona poco habitual en nuestro país consistente en coordinar las intervenciones de los diversos constructores que intervienen en la obra para gestionar las diversas fases de contrataciones y pagos a realizar a tales agentes. xxxxx es una gestora administrativa y económica, es como dijo nuestro representante Legal en xxxx "los ojos del promotor". Se ha de comenzar por advertir que el art.8 de la Ley de ordenación de la edificación (EDL 1999/63355) establece que "son agentes de la edificación todas las personas, físicas o jurídicas, que intervienen en el proceso de la edificación", mientras que el art.17 de dicho texto legal precisa que " las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso de la edificación responderán frente a los propietarios y los terceros adquirentes de los edificios o parte de los mismos".

 

“Pues bien, en ese punto del Anexo recoge dicho personal, que consiste no sólo en un Project Manager nivel de aparejador que intervendrá como elemento de coordinador entre la promotora, dirección facultativa y todos los distintos agentes que intervengan en el desarrollo de los trabajos, y un economista que se carga de planificar y controlar el desarrollo económico de los costes de la obra, sino también de un encargado de obra que "permanecerá a pie de obra, a media jornada de dedicación durante todo el tiempo de ejecución hasta la entrega final"; refiriendo en los puntos anteriores del Anexo los campos que abarca la gestión, tales como (i) coordinación de los industriales dentro de los periodos establecidos en el planning, (ii) revisión y control de ejecución de los trabajos de cada industrial contratado, (iii) revisión de los trabajos finalizados para su recepción provisional, y (iv) control de los repasos que fuesen necesarios después de la recepción

En definitiva, no puede la ahora recurrente pretender que su función es meramente administrativa y económica cuando expresamente asumió funciones de control de la ejecución de la obra, y de hecho así actuó, como expresamente indicó en el constructivos detectados derivan de defectos de ejecución, es clara su responsabilidad por los mismos.

Este último caso es especialmente relevante pues el Project manager asume funciones de toda índole incluso las de un encargado de obra.”

Imagen de Malachi Witt en Pixabay

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